Seguro alquiler impago

SEGURO DE ALQUILER-IMPAGO

SEGURO DE ALQUILER IMPAGO


El seguro de impago de alquiler compensa al propietario las rentas adeudadas por el inquilino. Es una modalidad cada día más conocida. Los impagos de renta no suelen tener relación con una mala situación económica del inquilino. La mayoría de las personas que dejan de pagar su renta suelen hacerlo por propia voluntad, buscando el lucro y apoyándose en un sistema judicial lento y permisivo.
En 2022, cerca de un 75% de los desahucios en España tendrán como causa el impago de alquiler, de acuerdo con los datos del año anterior.
Muchos de los propietarios son personas humildes con alguna que propiedad en la que invirtieron sus ahorros. El impago del alquiler de sus arrendatarios los puede poner en una difícil situación.
Asimismo, hay otros problemas que se añaden al impago, como el vandalismo sobre los muebles e instalaciones o la práctica del subarriendo de la vivienda.
Por tanto, para protegerse de los problemas comentados es recomendable disponer de un seguro que se haga cargo de las rentas de alquiler y del resto de cuestiones colaterales al alquiler.

Porcentaje de impagos en contratos de alquiler 2020

Fuente: FIM

¿Qué es la póliza de impago de alquiler?

El seguro por impago de alquiler es un servicio que se hace cargo de las rentas del inquilino mientras se desarrolla el proceso de desahucio.
La mayoría de las aseguradoras inician la indemnización transcurridos más de cuatro meses sin que el inquilino pague; aunque hay alguna compañía que indemniza antes. El cobro se realiza hasta que se produce el lanzamiento y los propietarios recuperan el inmueble.

¿Cuáles son las coberturas del seguro de impago de alquiler?

El punto fuerte de la póliza de alquileres es el abono de las cantidades que debe el inquilino. Como complemento, también se cubren:

  • La reclamación por vía amistosa de las deudas al arrendatario.
  • Las acciones judiciales para la recuperación del inmueble. El coste medio de estas gestiones ronda los 2.000 € (abogado y procurador).
  • Las reclamaciones por los desperfectos y daños que se hayan podido causar a la vivienda. Las pólizas suelen cubrir cierto importe para compensar los daños.
  • Costes de cerrajería si fuera necesaria para acceder al inmueble al finalizar el proceso.
  • Algunos seguros permiten incluir los gastos de agua y electricidad


Sustitución del aval bancario para alquiler


Muchos propietarios, alarmados por la frecuencia de los impagos en los inmuebles, solicitan un aval a sus inquilinos. Se trata de una garantía bancaria por el valor, generalmente, de un año de renta, que percibiría el propietario en caso de impago.
Sin embargo, el problema de estos avales bancarios para alquileres es que son caros y difíciles de conseguir. Frente a ello, es mucho más sencillo conseguir un seguro de alquiler, por lo que este sistema puede contemplarse como una herramienta útil para el propietario y para el arrendatario.

¿Qué requisitos solicita la póliza de impago de alquiler?


La contratación de un seguro de rentas de alquiler supone el respaldo del inquilino por parte de una aseguradora. Por este motivo, el seguro no es de contratación automática sino que debe superar un proceso de análisis previo, aunque se realiza muy rápidamente.
Llegados a este punto, diremos que actualmente hay dos sistemas de estudio. Por una parte, tenemos el clásico que se basa en estudiar la situación económica del inquilino, su antigüedad laboral y su cumplimiento de obligaciones de pago recogido en bases de datos de morosos, Asnef, etc.
Frente al sistema clásico, existe también un sistema de estudio basado en la reputación, mucho más ágil y menos estricto con las cuestiones laborales.
Una vez que el inquilino sea aceptado por la aseguradora, la compañía se compromete a cubrir el riesgo mediante la emisión de la póliza.


¿Cuánto cuesta el seguro de impago de alquiler?


Cada una de las aseguradoras aplica su propia tarifa. Con carácter orientativo, podemos decir que el coste anual de un seguro de impago supone algo menos del coste de media mensualidad para una cobertura de hasta 12 meses de impago. También pueden contratarse con un límite de indemnización de 6 meses o de 18 meses. El seguro lo puede deducir el propietario como gasto en su declaración de la renta.

Contis Seguros – Seguro de alquiler-impago

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